Madrid, 12 de julio de 2016. El Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad, en un recurso sustanciado bajo la dirección letrada del socio director de Equipo Económico, Manuel de Vicente-Tutor, de extender la eficacia a los ejercicios 2004 a 2010 de una modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas realizada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, esto es, a ejercicios cuyo devengo había finalizado antes de la entrada en vigor de dicha Ley.
La sentencia de fecha 23 de junio de 2016 ha dado un paso decisivo en el reforzamiento de la seguridad jurídica estimando la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo. De este modo se zanja una polémica muy importante respecto de la tributación de las opciones sobre acciones en el ámbito del IRPF, desechando la técnica utilizada en ocasiones por el legislador que trata de resolver cuestiones conflictivas mediante cambios en la Ley que pretenden dar solución no sólo a las situaciones jurídicas futuras, sino a también a las pasadas y que están pendientes de resolver en los Tribunales.
La sentencia es importante más allá del caso concreto y debe ser analizada con detenimiento, dada la posible extensión de sus efectos, por ejemplo, a la imprescriptibilidad de obligación de declarar los bienes en el extranjero.