Una reforma necesaria. Manuel de Vicente-Tutor

Expansión

2 de agosto de 2014

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El Consejo de Ministros aprobó ayer la remisión al Congreso de los Diputados de los proyectos de Ley a través de los que se articula la reforma fiscal, cuya entrada en vigor se prevé para el próximo 1 de enero de 2015. Si tenemos que valorar esta reforma con carácter global, debemos destacar la oportunidad del momento en el que se produce, al haberse iniciado ya la recuperación económica. Y para apuntalarla no hay mejor fórmula que una rebaja de impuestos para los ciudadanos y las empresas. Los efectos benéficos del círculo virtuoso de la política económica, constituido por el control del gasto público y la disminución impositiva, permitirán la consolidación de la demanda interna y, en consecuencia, un proceso más intenso de creación de empleo.

 

Rebaja del IRPF

El Impuesto sobre la Renta constituye la figura central de nuestro sistema tributario por su generalidad, eficacia recaudatoria y progresividad. Por ello, los cambios en su régimen tienen una inmediata repercusión pública. Debemos aplaudir la disminución de los tipos de gravamen del impuesto, si bien son más acusados en el tramo inicial y en los finales de la tarifa. Un tipo marginal máximo por debajo del 50% constituía una exigencia para fomentar la actividad (será del 47% en 2015 y del 45% en 2016).

Las rectificaciones anunciadas por el Gobierno en cuanto a la exención de la indemnización por despido (hasta 180.000 euros y con efectos desde 1 de agosto) y en la reducción por arrendamiento de inmuebles (que se mantendría en el 60%, por lo que el tipo marginal máximo en 2016 aplicable a las mismas ascendería al 18%) deben calificarse como oportunas. La desaparición del gravamen de las ganancias de patrimonio, con independencia del elemento en que se hubiera materializado el ahorro, para mayores de 65 años que suscriban una renta vitalicia, junto con la equiparación en el plazo de 5 años de los ya existentes planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) a los nuevos planes de ahorro 5 y la posibilidad de rescatar los planes de pensiones a los diez años, son novedades importantes que nos traerá el proyecto de ley.

El importante apoyo a las familias y a los discapacitados constituye otro de los ejes de la reforma. Además de una importante actualización en los importes correspondientes a los mínimos aplicables, se crean unas novedosas ayudas, que podrán percibirse de forma anticipada mediante su cobro mensual para las familias numerosas o con discapacitados.

 

Un nuevo impuesto sobre sociedades

El tipo en el Impuesto sobre Sociedades pasará al 28% en 2015 y al 25% en 2016, mejorando la competitividad empresarial y el atractivo para la inversión extranjera. Las PYMEs mantendrán su tipo en el 25% actual, que se igualará con el tipo general en el ejercicio 2016. Desaparecen deducciones, pero se potencia la aplicable a actividades de I+D+i (elevándose el cobro anticipado de la misma hasta 5 millones de euros y permitiendo su aplicación a la animación y los videojuegos) y la de producción de películas en España, creándose una nueva para los espectáculos teatrales y musicales.

Para fomentar la autofinanciación empresarial se crea la reserva de capitalización, del 10% del aumento de los fondos propios y para cuya dotación no se tendrá en cuenta el límite para compensar bases imponibles negativas, y para las PYMES la reserva de nivelación, que actuará, con carácter anticipado, como un carry-back en el caso de posibles pérdidas futuras en el plazo de 5 años.

Sin embargo, el mantenimiento de medidas como la limitación a la deducibilidad de gastos financieros o la compensación de bases imponibles negativas, aprobada en su momento con carácter temporal, no resultan muy respetuosas con el principio de capacidad económica de las sociedades a las que afectan, con especial incidencia en los sectores intensivos en el uso de capital.

 

Otras modificaciones relevantes

El mantenimiento de los tipos impositivos del IVA es otro de los elementos vertebradores de la reforma fiscal. Recordemos que el tipo general del impuesto ha pasado del 16% en 2010 al vigente 21%, un alza de más del 30% con una importante reclasificación de productos que han pasado a tributar al tipo general. El mantenimiento de la fiscalidad indirecta ayudará en el proceso de recuperación del consumo.

Dentro de las medidas de carácter técnico, debemos destacar la posibilidad de renunciar a la exención del IVA en las operaciones inmobiliarias cuando los adquirentes apliquen la regla de la prorrata, con una incidencia positiva en la neutralidad del impuesto.

No debemos olvidar el importante impulso que se pretende dar a las actividades de mecenazgo mediante el aumento de los porcentajes de deducción, que podrán alcanzar incluso el 75% del importe de los donativos efectuados.

La reforma fiscal, por consiguiente, ha de valorarse, si bien con algunas lagunas y disfunciones, de forma positiva por su oportunidad y equidad, y se enmarca dentro del proceso de reformas que en materia económica ha impulsado el Gobierno para favorecer la reactivación económica y, en último término, la creación de empleo. Alea jacta est.

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