📍 El Tribunal Supremo reafirma que no puede iniciarse un nuevo procedimiento sancionador si el anterior fue anulado únicamente por defectos formales en la liquidación tributaria principal, reafirmando el principio ne bis in idem en su vertiente procedimental. Esta decisión refuerza la seguridad jurídica y protege a los contribuyentes frente a la reiteración indebida de procedimientos sancionadores, consolidando así la jurisprudencia en materia tributaria.
Fiscalidad Empresarial y Patrimonial
Observatorio Legal Ee – El Tribunal Supremo impide un nuevo procedimiento sancionador si el anterior fue anulado por defectos formales en la liquidación principal.
11 de marzo de 2025
