📌 Compartimos las interesantísimas Sentencias del Tribunal Supremo de fecha 23/03/2021, que establecen como doctrina jurisprudencial que (i) la comprobación de los requisitos exigidos para la aplicación de regímenes tributarios especiales se ha de realizar necesariamente mediante un procedimiento inspector; y que (ii) la indebida utilización de un procedimiento distinto al legalmente establecido para su comprobación conduce a la nulidad de pleno derecho.
Aunque el caso en concreto se refiere a la comprobación de una entidad en régimen de entidades parcialmente exentas, este criterio podría extenderse a otros supuestos, por ejemplo: la comprobación de los incentivos fiscales para las entidades de reducida dimensión. De ahí su importancia. Esperemos que os resulte de interés.